Programas de empleo, emprende después de terminar tu grado.

Programas para promover la iniciativa emprendedora y la actividad económica

Finalidad

Promover la generación de empleo en el entorno local mediante la concesión de ayudas y subvenciones. Con esta finalidad se otorgan subvenciones a las corporaciones locales y las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, así como las personas físicas o jurídicas.

Beneficiarios finales

Las empresas calificadas por los Servicios Públicos de Empleo como «empresas I+E», deben cumplir los siguientes requisitos:


■ Que una Corporación Local o una Comunidad Autónoma preste su apoyo al proyecto.
■ Que contemplen la contratación de personas trabajadoras o la incorporación de socios.
■ Que la plantilla, al constituirse la empresa, no supere los 25 personas trabajadoras.
■ Que se trate de una empresa de nueva creación.
■ Que produzca bienes o servicios relacionados con actividades económicas emergentes o
que cubran necesidades insatisfechas.
■ Que el proyecto sea viable técnica, económica y financieramente.

Promoción del empleo autónomo

Facilitar la constitución de personas desempleadas en trabajadores autónomos o por cuenta propia (Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio)
Con esta finalidad las personas trabajadoras podrán tener derecho a las siguientes subvenciones:


Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia: La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se determinará por los órganos competentes de la Administración General del Estado o de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, graduándose en función de la dificultad para el acceso al
mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:

– Personas desempleadas en general.
– Personas jóvenes en desempleo de 30 años o menos.
– Mujeres desempleadas.
– Personas desempleadas con discapacidad.

■ Subvención financiera: el objeto de esta subvención es reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa.
■ Subvención para asistencia técnica: el objeto de esta subvención es la financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha de la empresa, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnóstico u otros de naturaleza análoga.
■ Subvención para formación: el objeto de esta subvención es la financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación, a fin de cubrir las necesidades de formación del trabajador autónomo, durante la puesta en marcha de la empresa.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

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