128 plazas para el Cuerpo Ejecutivo

Convocadas 128 plazas para el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera.

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La Resolución de 8 de julio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones. En total, se convocan 128 plazas distribuidas de la siguiente forma:

  • 50 para la Especialidad de Investigación.
  • 35 para la Especialidad de Navegación.
  • 36 para la Especialidad de Propulsión.
  • 7 para la Especialidad de Comunicaciones.

Requisitos

Los aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además de los requisitos enumerados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes:

Nacionalidad: Ser español/a.

Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título correspondiente a la especialidad a la que se aspire:

  • Especialidad de Investigación: Título de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Grado.
  • Especialidad de Navegación: Título de Diplomado en Navegación Marítima o Grado en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo o Grado en Náutica y Transporte Marítimo.
  • Especialidad de Propulsión: Título de Diplomado en Máquinas Navales o Grado en Ingeniería Marina o Grado en Tecnologías Marinas.
  • Especialidad de Comunicaciones: Título de Diplomado o Ingeniero Técnico Industrial, Diplomado o Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones, Diplomado en Radioelectrónica Naval, o Grado en Ingeniería Técnica Industrial, en Ingeniería de Telecomunicaciones, o en Radioelectrónica Naval.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

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